LA CORTE CONSTITUCIONAL FRENA EL CAMINO A LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE

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En una resolución que marca un antes y un después en el pulso político del país, la Corte Constitucional del Ecuador emitió su dictamen sobre la iniciativa de consulta popular para convocar a una Asamblea Constituyente. El pronunciamiento deja en claro que el proceso impulsado por el presidente de la República no cumple con todos los parámetros legales y deberá ser corregido antes de que pueda avanzar.

La Corte fue enfática: trece de los considerandos planteados en el Decreto Ejecutivo 153 no se ajustan a la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Aunque podrían ser eliminados, la advertencia golpea directamente la base legal con la que el Ejecutivo buscaba allanar el camino hacia una nueva Asamblea. Además, el artículo 5 del Estatuto, en conexión con el artículo 4, carece de la precisión necesaria para definir con claridad el tamaño y la composición de los futuros asambleístas, lo que deja en suspenso la propuesta oficial.

El mensaje es contundente: el presidente puede subsanar las observaciones, pero hasta que aquello ocurra, el Consejo Nacional Electoral no podrá continuar con el proceso. En otras palabras, el intento de consulta popular queda paralizado, sujeto a la voluntad de la Corte de verificar nuevas correcciones y decidir si se cumplen los estándares jurídicos.

Finalmente, el máximo organismo recordó que su papel no es juzgar la conveniencia política de convocar o no a una Constituyente, sino garantizar que cualquier consulta al pueblo se haga bajo los principios de claridad, legalidad y democracia. Con este dictamen, la Corte Constitucional reafirma su rol como guardiana de la Constitución y coloca un candado al apresurado intento del Gobierno por reconfigurar el orden político del Ecuador.

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